¿Sabías que los patinetes eléctricos son vehículos a motor que necesitan tener un seguro?
10.09.25
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La Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos, ha incorporado varias de las alegaciones que el Consejo General de Mediadoras de Seguros presentó durante el proceso de consulta pública.
La nueva normativa amplía el concepto de “vehículo a motor” a efectos del seguro obligatorio, incluyendo como vehículos a motor los patinetes, siempre que superen los 25 km/h de fabricación o tengan un peso neto máximo superior a 25 kg y una velocidad máxima de fabricación superior a 14 km/h. Por tanto, estos vehículos deberán disponer de un seguro obligatorio de responsabilidad civil de circulación, una de las propuestas planteadas por el Consejo General.
Otra información relevante sobre estos cambios son que la reforma amplía la actuación del Consorcio de Compensación de Seguros en accidentes con estos vehículos, limitándola a los daños personales que requieran atención sanitaria o en caso de fallecimiento, y redefine el concepto de “hecho de la circulación” según la jurisprudencia independiente, como consideración de cualquier uso del vehículo. Además, las cuantías y límites indemnizatorios -excepto en caso de lucro cesante y ayuda de tercera persona- se actualizarán anualmente según el IPC.
Resumiendo toda la información: La nueva normativa introduce cambios importantes:
• Patinetes asegurados: A partir de ahora, los patinetes que superen 25 km/h o que tengan más de 25 kg y velocidad superior a 14 km/h se consideran vehículos a motor y tendrán que tener seguro obligatorio de responsabilidad civil.
• Consorcio de Compensación: Cubrirá los daños personales graves (atención médica o defunción) en accidentes con estos vehículos.
• Nuevo concepto de “circulación”: Se entiende como cualquier uso del vehículo para desplazarse, sin importar el tipo, estado o sitio.
• Indemnizaciones actualizadas: Las cuantías y límites se actualizarán cada año según el IPC.
En resumen: los patinetes de alta velocidad o peso pasan a ser como un vehículo a motor y necesitan seguro obligatorio.
Ante cualquier duda, consulte a un mediador de seguros.